Una sentencia del Tribunal Supremo declara la incompatibilidad de realizar el Máster de Abogacía sin el título de extranjero convalidado. El fallo se ha declarado tras la denuncia de una alumna italiana que estaba simultaneando la homologación de su título italiano y el de acceso al ejercicio profesional de la Abogacía en la Universidad Antonio de Nebrija de Madrid.
El RD 1393/2007, en su artículo 16.1, dice que para acceder a las enseñanzas oficiales de Máster es necesario estar en posesión de un título universitario oficial español. Por lo tanto, los estudiantes extranjeros tienen que homologar su título para cursar un Máster de acceso a la abogacía. No se permite realizar, de manera simultánea, ambas cosas.
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